Las Tunas.- El país y el mundo atraviesan por circunstancias adversas. El nuevo coronavirus ha cambiado costumbres y cotidianidades; también ha impuesto renovados rigores. Ante el peligro de propagación de la pandemia, la Isla ha adoptado disposiciones para prevenir su extensión y las máximas autoridades del Gobierno, a todas las instancias, insisten en lo impostergable de cumplir las medidas.
En Las Tunas, se ha reforzado el actuar del Sistema de Justicia y de los órganos responsables de preservar el orden y la disciplina social, ante la presente situación epidemiológica. Esa labor tiene un objetivo supremo: proteger la salud y la vida de la población. Lamentablemente, hay habitantes que violan lo reglamentado, arriesgando su propia tranquilidad y la de los demás.
Al respecto, Daniel Cisneros Gil, presidente del Tribunal Provincial, detalló que hasta la fecha en Las Tunas se han realizado 84 procesos, en los cuales fueron juzgados 91 ciudadanos, de los que 34 resultaron privados de libertad. Del total de sancionados, 30 tuneros recibieron penas combinadas (privación de libertad que puede ser subsidiada por trabajo correccional sin internamiento o limitación de libertad de conjunto con la imposición de una multa), otros seis fueron objeto de sanciones subsidiarias, en tanto multaron a 13.
“Por considerarse que su conducta no tipificaba como hecho delictivo o no eran responsables ante los acontecimientos imputados, ocho personas fueron absueltas de los cargos”, añadió.
Cisneros Gil explicó que dentro de las principales figuras delictivas vinculadas con el panorama actual se encuentran la propagación de epidemias, desobediencia, desacato, resistencia y acaparamiento. Asimismo, destacó entre las conductas más frecuentes que dan lugar a la comisión de estos delitos: “el uso incorrecto del nasobuco, el comportamiento inadecuado ante el llamado de atención de las autoridades, la celebración de fiestas con la presencia de varios invitados y el acaparamiento de productos de primera necesidad”.
El titular del Tribunal Provincial igual mencionó la falta de respeto, e incluso, la agresión física a oficiales del Ministerio de Interior o a otra persona facultada por los consejos de Defensa para garantizar el cumplimiento de lo dispuesto por el país.
Al referirse a los fundamentos legales que amparan el accionar de los órganos competentes, señaló, en primer lugar, la Constitución de la República y el Código Penal, que en uno de sus pronunciamientos señala que “la sanción no tiene solo por finalidad la de reprimir por el delito cometido, sino también la de educar”, subrayó Cisneros Gil.
CUMPLIR CON LAS MEDIDAS DISPUESTAS
Es la Fiscalía General de la República el órgano que tiene como misión fundamental ejercer el control de la investigación penal y el ejercicio de la acción penal pública en representación del Estado, así como cuidar del cumplimiento de la Constitución, las leyes y demás disposiciones legales.
Atendiendo a lo anterior, su actuar es imprescindible en el acompañamiento a las autoridades y en el cumplimiento de lo dispuesto. Así lo declara Lisbet Pavón Marchán, fiscal jefa del Departamento de Procesos Penales, quien refirió que el Artículo 187 del Código Penal regula el delito de propagación de epidemias, “para aquellos que infrinjan las disposiciones dictadas por las autoridades sanitarias para la prevención y el control de las enfermedades transmisibles”.
Hasta la fecha, en Las Tunas 68 pobladores han sido juzgados por esta causa. “Pueden ser objeto de sanciones que van desde tres meses hasta un año de privación de libertad, o multas de 100 a 300 cuotas o ambas”, señaló la experta. Y especificó: “Sin embargo, cuando maliciosamente se propaga o facilita la propagación, se incurre en una sanción de privación de libertad de tres a ocho años”.
De igual modo, explicó la fiscal, “el delito de acaparamiento está regulado en el Artículo 230 del Código Penal, y para frenarlo contempla sanciones similares a las anteriores; mientras, para la actividad económica ilícita, las condenas van de tres meses a dos años de cárcel, y multas de 200 a 1000 cuotas o ambas”.
“La Ley tipifica y estipula medidas contra otras violaciones, como la Infracción de las normas de protección al consumidor y la receptación”, añadió.
Pavón Marchán refirió que, en correspondencia con el actual escenario, el Ministerio de Salud Pública emitió la Resolución 82, que detalla aspectos vinculados con el aislamiento obligatorio, la cuarentena epidemiológica, la prohibición de la entrada a las instituciones asistenciales y sociales para visitar a pacientes e internos, entre otras regulaciones.
Más reciente es la Resolución 128, la cual ratificó el carácter obligatorio del uso correcto del nasobuco fuera de las viviendas, el lavado de las manos con agua y jabón y/o desinfectante periódicamente, mantener el distanciamiento social, además de permanecer en los sitios de residencia y que las salidas sean las estrictamente necesarias para la sostenibilidad alimentaria.
“En suma, se trata de proteger la vida del pueblo y de ahí deriva la severidad en el enfrentamiento. Sabemos que son tiempos difíciles, pero se impone que la familia permanezca en casa, debemos cumplir con eso, es la única forma de evitar que la pandemia se propague”, insistió.
MININT, TRABAJO INTEGRADO Y CUMPLIMIENTO DE LA LEGALIDAD
Como parte del combate a la Covid-19, el Ministerio del Interior reforzó en Las Tunas el accionar para mantener el orden, la disciplina ciudadana y el adecuado comportamiento, en un panorama que demanda la participación consciente de la población.
De este quehacer es testigo la teniente coronel Misleydis Almenares Aguilera, jefa de la Unidad de Información y Análisis de la Jefatura de la Policía, quien destacó el respaldo de cadetes de los órganos competentes y de las Fuerzas Armadas Revolucionarias; además del Destacamento de Apoyo Popular, integrado por mujeres y hombres de distintos sectores de la sociedad.
Almenares Aguilera dijo que en este contexto la Policía Nacional Revolucionaria ha asumido tareas como la organización de las colas para la compra de productos, el reforzamiento de la vigilancia y el patrullaje en las calles, junto a la rectificación de conductas inadecuadas.
Como resultado de esa faena, señaló, unas 60 mil personas han sido objeto del accionar de la Policía de distintas formas, con mayor énfasis debido a constituir grupos vulnerables. Por otra parte, a más de cinco mil 600 pobladores los han multado; en tanto, una cifra similar, pero inferior, fueron apercibidos.
Otros mil 285 ciudadanos, declaró, han sido procesados, en lo fundamental, por el delito de propagación de epidemias, “como resultado, en su mayoría, de denuncias de la población. El 80 por ciento de las más de 940 realizadas corresponde a esta violación de la Ley”. Del total de las quejas remitidas por la ciudadanía, puntualizó, 84 correspondieron a acaparamiento, especulación y actividad económica ilícita.
La teniente coronel llamó la atención acerca del incremento, en los últimos días, de la cifra de transeúntes en las calles, sobre todo, de aquellos de los grupos vulnerables. Ratificó, a su vez, que las fuerzas del Ministerio del Interior desarrollan una intensa labor preventiva y educativa, dirigida a velar por el bienestar colectivo.
Siempre hay quien infringe, pero afortunadamente son más los que reconocen ese desempeño en bien del orden y la tranquilidad ciudadana.