La Habana.- El Gobierno cubano prorrogó hasta el 30 de septiembre el plazo establecido por la Resolución 56 del Ministerio de Comercio Interior para que las micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes) privadas y cooperativas no agropecuarias (CNA) cuya actividad principal era la comercialización mayorista ratificaran que continuarían realizando la actividad mayorista con la participación de entidades estatales.
El lapso inicial, de 90 días posteriores a la entrada en vigor de esa indicación plasmada en la mencionada resolución del pasado 4 de diciembre, terminaría este 5 de abril; sin embargo, ahora ha sido extendido por cinco meses más. A juzgar por lo dicho en la nota gubernamental, igualmente tendrían hasta el 30 de septiembre para liquidar sus inventarios las mipymes y CNA cuya actividad secundaria era el comercio mayorista en diciembre pasado, pudiendo hacerlo de forma minorista, siempre que lo tengan definido en su objeto social y posean licencia comercial para ello.
Las autoridades aclararon que “los trabajadores por cuenta propia de la actividad de comercio mayorista de bienes nacionales o importados, al cumplimiento del plazo establecido (que terminará en mayo próximo), culminan la liquidación de inventarios de mercancías en tránsito y en plaza, destinados al comercio mayorista o venta al por mayor. Se mantiene el comercio minorista en todos los actores no estatales que tienen aprobada esta actividad”.
La normativa ministerial deja bien claro que los actores económicos no estatales que son productores podrán realizar la comercialización mayorista de sus producciones a personas naturales y jurídicas, previa obtención de la licencia comercial, en la que se especifica esta actividad. Solo que no pueden comercializar de forma mayorista otros productos nacionales o importados, solo sus producciones. También, pueden comercializar de forma minorista sus producciones u otros productos nacionales e importados, si lo tienen aprobado en su objeto social o proyecto, según sea el caso y posean licencia comercial.