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Las Tunas.- El Tribunal Provincial Popular de Las Tunas acordó sancionar a la ciudadana Maricela Alonso Ojeda (ex intendenta del municipio de Puerto Padre), como autora del delito de malversación, a siete años de privación de libertad; y al ciudadano Mario Quirino Infante Sosa, como partícipe del delito de malversación, a seis años de privación de libertad, sanciones que cumplirán en el establecimiento penitenciario que determine el Ministerio del Interior (Minint).

"Como sanción accesoria, precisó el ente judicial en su nota de prensa, se les impuso la prohibición del ejercicio de una profesión, cargo u oficio que lleve aparejado la administración, cuidado o disponibilidad de recursos materiales y financieros; la pérdida del derecho al sufragio activo y pasivo, así como del derecho a ocupar cargos de dirección en los órganos correspondientes a la actividad político-administrativa del Estado, en unidades económicas estatales y en organizaciones de masas y sociales; y la prohibición de expedición de pasaporte y salida del país hasta el cumplimiento de la sanción".

 A continuación, reproducimos íntegramente la nota:

Nota de prensa causa 225 del 2024: 

"La Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Las Tunas celebró el juicio oral y público correspondiente a la causa 225 del 2024 de su radicación, seguida por los delitos de tráfico de influencias, cohecho en el sector estatal y cohecho en el sector estatal de carácter continuado, contra los acusados Mario Quirino Infante Sosa y Maricela Alonso Ojeda.

"El juicio oral se realizó en estricto cumplimiento del debido proceso y de los derechos y garantías de los acusados, y durante este quedó probado que los acusados Mario Quirino Infante Sosa y Maricela Alonso Ojeda, esta última debido a las facultades que su responsabilidad le propiciaba, tales como adoptar de forma excepcional decisiones sobre los asuntos ejecutivo-administrativos competencia del Consejo de la Administración Municipal cuando el carácter apremiante de la situación o el tema a solucionar lo exigiera, aprovechó la distribución de varios productos que se expendían a la población en las distintas cadenas de tiendas, apropiándose de una parte de ellos para su beneficio personal conjuntamente con Mario.

"El tribunal calificó los hechos declarados probados constitutivos del delito de malversación, previsto y sancionado en el Artículo 297.1 del Código Penal. La acusada Maricela Alonso Ojeda fue considerada autora, debido a que era la persona que por razón de su cargo tenía la disposición de esos bienes. El acusado Mario Quirino Infante Sosa fue declarado partícipe, ya que fue el que realizó la búsqueda, traslado y venta de varios de los productos que se adjudicó la coacusada.

"El tribunal acordó sancionar a Maricela Alonso Ojeda como autora del delito de malversación a siete años de privación de libertad y a Mario Quirino Infante Sosa como partícipe del delito de malversación a seis años de privación de libertad, sanciones que cumplirán en el establecimiento penitenciario que determine el Ministerio del Interior.

"Como sanción accesoria se les impuso la prohibición del ejercicio de una profesión, cargo u oficio que lleve aparejado la administración, cuidado o disponibilidad de recursos materiales y financieros; la pérdida del derecho al sufragio activo y pasivo, así como del derecho a ocupar cargos de dirección en los órganos correspondientes a la actividad político-administrativa del Estado, en unidades económicas estatales y en organizaciones de masas y sociales; y la prohibición de expedición de pasaporte y salida del país hasta el cumplimiento de la sanción.

"En la tramitación de la causa y el acto de juicio oral se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrado en la Ley del Proceso Penal y en la Constitución de la República de Cuba.

"A los sancionados y a la Fiscalía les asiste el derecho de interponer recurso de casación contra la decisión del órgano judicial".

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