Las Tunas.- En la mañana de este viernes y como parte del Tercer Ejercicio Nacional de Prevención y Enfrentamiento al Delito, la Corrupción, las Drogas, las Ilegalidades y las Indisciplinas Sociales, se realizó el juicio oral correspondiente a la causa 20 del 2025 por un delito de asesinato, en la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular.
El acusado, en el horario de la madrugada del 5 de junio del 2024, agredió con un arma blanca y privó de la vida a la mujer que en ese momento era su expareja y con quien tenía dos hijos.
Las pruebas practicadas confirmaron la culpabilidad del ciudadano en esta causa y se le impuso como sanción principal 28 años de privación de libertad. El comisor del delito ha sido sancionado con anterioridad por otros hechos.
Durante el desarrollo del acto judicial se cumplieron las garantías procesales establecidas, el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República de Cuba y en la Ley de Proceso Penal. El acusado contó con representación letrada.
Como sanciones accesorias, se le aplicó la privación de los derechos públicos, regulado en el Artículo 42.1 de la Ley 151 del 2022 Código Penal y la prohibición de solicitud de pasaporte y salida del territorio nacional durante el cumplimiento de su condena, estipulado en el Artículo 59 del propio texto legal. Además, debe indemnizar, por concepto de pensión alimentaria, a cada menor de edad hasta que arriben a la mayoría de edad o culminen los estudios.
Al sancionado y a la Fiscalía les asiste el derecho de interponer recurso de casación contra la decisión del órgano judicial.
Aun con los cambios legislativos que ha vivido el país, la ampliación de las garantías legales, la sociedad no está exenta de sucesos delictivos de este tipo, en los que se pone en peligro la integridad de las personas, máxime cuando la víctima es mujer.