familia11Foto: Reynaldo López Peña.

Las Tunas.- La licenciada Yusmila Sarai Martínez, jueza de la sección Civil-Familia y Laboral del Tribunal Municipal Popular de Las Tunas, ha visto a antiguas parejas que no se hablan entre sí, aunque concibieran más de un hijo; niños con la mirada perdida que pasan meses y meses sin ver a uno de sus progenitores y hasta eminentes profesionales o académicos enquistados en el discurso de “ya no sé si ese muchacho es mío” que tanto lastra.

Ella, que lleva mucho entre esos dilemas, sabe el valor del diálogo, de la negociación. Confirma su satisfacción cuando alguna querella se resuelve por esa vía; aunque, vale decirlo, también lidia con el regreso de ciertas familias, porque otra vez, después del tribunal, alguna de las partes “olvidó” el acuerdo por demasiado tiempo, y los zapatos están caros, la comida escasa y la vida dura.

PRECISIÓN Y EQUIDAD

Si bien el vigente Código de la Familia de 1975 dio pasos claros de avance hacia la equidad de derechos, varios analistas le habían advertido debilidades en su capacidad de garantizar los derechos, especialmente, de las mujeres u otras personas en situación de vulnerabilidad que suelen ser abandonadas por sus parientes o parejas, actitud que luego afecta a los infantes que quedan a su cargo.

Un estudio del Centro de Investigaciones Psicológicas y Sociológicas (CIPS) de La Habana, indicaba a inicios de este siglo que entre las familias cubanas cuya jefa es una mujer, el peso de sus ingresos provenían, por ese orden, de la asistencia social entregada por el Estado, las pensiones alimenticias provenientes de los padres de sus hijos, y después, en cantidad mucho menor, lo que reciben por conceptos de dieta alimentaria, pensión y ayuda de los familiares.

Adicionalmente, advertía que los juristas necesitaban más capacitación para “emitir un juicio concluyente acerca de lo que resulta mejor para el desarrollo sociopsicológico de los menores”, y similar destreza para determinar los indicadores de niveles de vida que les posibilitara juzgar qué podría definirse como los gastos normales de un niño o un adolescente.

Aunque han pasado varios años de esta investigación, en su momento transparentó una realidad que lejos de solucionarse se agravó; esencialmente, que el Estado estaría asumiendo demasiadas responsabilidades de sostenimiento económico que le correspondería, primero, a ese progenitor indiferente. Se corrobora así la relevancia que tienen las pensiones alimentarias para el funcionamiento de las familias en el país.

Jueza codigo familias LasTunasPor eso, cuando el proyecto del Código de las Familias incluye la ampliación de las obligaciones en la prestación de tales pensiones, esta jueza sabe que de recibir el documento el visto bueno de la mayoría del electorado cubano en el referendo, llegarán hasta ella muchos más temas de este tipo, con aristas que no son nuevas en las calles, pero sí ante la Ley.

“Entre lo novedoso de este proyecto está que se amplía la obligación de dar alimentos a los parientes, porque ya no es solamente a los hijos menores de edad, o a las madres y los padres, ahora suma a otras personas cercanas que se encuentren en estado de necesidad.

“Se incluyen los cónyuges, los unidos en hechos afectivos, las madres y los padres, hijos afines, hermanos, tíos y sobrinos. Esto es fruto de un Código que ofrece muchas garantías a los ciudadanos más vulnerables de la sociedad”.

La licenciada repasa historias que pueden estar en cualquier barrio de Cuba. Porque, es verdad a voces, que abundan los abuelitos que dedicaron la vida a sobrinos y nietos que ahora no los cuidan; hay muchos discapacitados bajo el amparo de familiares de pocos recursos, mientras otros, que llevan su misma sangre, se desentienden de carencias económicas y afectivas… y tantas vivencias crueles, indescriptibles.

Situaciones todas que encontrarían un camino hacia la justicia de aprobarse este proyecto del Código de las Familias, cuya esencia está en que todos los derechos deben ser para todas las personas.

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