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La Habana.- En consonancia con el derecho constitucional de los ciudadanos a presentar reclamos ante las autoridades, quedó aprobada hoy por la Asamblea Nacional del Poder Popular la Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las personas.

En presencia del General de Ejército Raúl Castro Ruz y de Miguel Díaz-Canel, primer secretario del Comité Central del Partido Comunista de Cuba, reunidos en el Palacio de Convenciones de La Habana, los diputados debatieron ampliamente la normativa, primera de su tipo en el país.

#Cuba🇨🇺 | Aprobada la Ley del Sistema de Atención a las Quejas y Peticiones de las Personas. #PoderPopular #CubaLegisla pic.twitter.com/TgoVWulVFw

— Asamblea Nacional Cuba (@AsambleaCuba) December 22, 2023
Aunque previamente su contenido fue analizado y enriquecido, Oscar Manuel Silvera Martínez, ministro de Justicia, explicó que la misma establece que los órganos del Estado, sus directivos, funcionarios y empleados estarán obligados a atender y dar respuesta a las personas, de conformidad con el procedimiento establecido.

El derecho a quejas y peticiones puede ejercerse por las personas naturales o jurídicas; y a su ejercicio lo acompaña, en todo caso, la expresión de los datos generales esenciales para la identificación del ciudadano que lo ejerce, destaca el texto.

Será posible hacer la presentación de forma verbal o por escrito, de manera presencial o mediante un canal de comunicación que permita acreditar su autenticidad, y contener los nombres y apellidos de quien o quienes la formulan, su nacionalidad, números de Carné de Identidad, identificación de la entidad, órgano o autoridad a la que se dirige, lugar o vía elegida para la práctica de notificaciones, formulación de lo que se solicita, exposición de los hechos y fundamentos en los que se basa.

El plazo para ofrecer una respuesta es de hasta 30 días naturales, contados a partir de la fecha de recibidas por la autoridad competente para atenderlas.

Si por la complejidad del asunto el plazo referido resulta insuficiente, con siete días naturales de antelación a la fecha de vencimiento la autoridad obligada a responder puede solicitar a su superior jerárquico una prórroga de hasta 30 días naturales.

José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular, resaltó que el texto jurídico restablece los derechos que se consideren violados; y llamó a la capacitación de los integrantes de los organismos sobre esta Ley.

“El derecho de queja constituye un derecho imprescriptible de los ciudadanos de poner en conocimiento de las autoridades conductas irregulares de empleados y oficiales, a quienes se les ha atribuido o adjudicado la prestación de un servicio público, cuando estime se han lesionado sus intereses particulares”, aseveró.

Karla Santana, diputada por La Habana, habló de la necesaria especialización y capacitación por el personal encargado de recepcionar las quejas, máxime si provienen de niños, adolescentes, víctimas de una acción de discriminación o acoso, por ejemplo.

Asimismo, se refirió a la responsabilidad de las instituciones de crear condiciones para la privacidad de los espacios destinados para tales fines.

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